Coberturas

STANDARD (Terceros básico)

  • Responsabilidad Civil Obligatoria y Voluntaria
  • Protección jurídica (Defensa y Reclamación)
  • Rotura de lunas
  • Asistencia en viaje (opcional)
  • Accidentes conductor (opcional)

Garantías Personalizadas:

  • Responsabilidad Civil Obligatoria: Te pagamos las indemnizaciones que se exigen al asegurado por el daño PERSONAL o MATERIAL causado a un tercero con motivo de la circulación del VEHíCULO ASEGURADO, siempre que éste resulte responsable.
  • Responsabilidad Civil Voluntaria: Te pagamos las indemnizaciones exigidas al asegurado por los DAñOS PERSONALES o MATERIALES que el asegurado le cause a un tercero con motivo de la circulación del VEHíCULO ASEGURADO, siempre que éste resulte civilmente responsable. La Responsabilidad Civil Voluntaria complementa a la Responsabilidad Civil Voluntaria hasta el límite especificado en los capitales asegurados.
  • Defensa Jurídica y Reclamación de daños: La defensa jurídica por Abogados y Procuradores designados por LA ASEGURADORA o libremente por el ASEGURADO, en procedimientos administrativo, judicial o arbitral que se sigan contra el mismo en caso de accidente de circulación con el VEHíCULO ASEGURADO originado por imprudencia, impericia o negligencia.

Capitales asegurados:

  • Defensa Jurídica ilimitada
  • Abogado o procurador particular: Cubrirá hasta 500€ por siniestro.

Garantía Personal del conductor:

  • Muerte e invalidez permanente: Valor de 10.000€ al conductor.
  • Asistencia Sanitaria: Máximo un año desde la ocurrencia del siniestro. Máximo de 10.000€.

Lunas

La compañía cubrirá el daño o la reposición del bien en caso de inutilización. A causa de resquebrajamiento o fragmentación por motivo de un accidente de los siguientes elementos del vehículo asegurado:

  • El Parabrisas
  • La luneta Posterior
  • Los cristales de las puertas y restantes laterales
  • El techo de vidrio, en caso de existir

El Límite de la cobertura: 100% de los gastos de reparación o reposición de los elementos inutilizados.

Asistencia en Viaje

La mayoría de las prestaciones de esta garantía para el automóvil y sus ocupantes son aplicables en España sin franquicia kilométrica y en el extranjero para todos los países de Europa, Andorra, Gibraltar y países ribereños del Mediterráneo. Las garantías de asistencia a las personas son válidas en desplazamientos con el vehículo, en España desde el KM 0 a su domicilio.

 

Servicios relativos al vehículo:

  • Remolcaje, hasta 100km del lugar de inmovilización, con un máximo de 150€.
  • Ayuda técnica en carretera.
  • Asistencia por robo.
  • Asistencia por pinchazo o reventón.
  • Perdida o robo de llaves.
  • Rescate hasta 600€.

Servicios relativos a las personas:

  • Traslado a domicilio o lugar de hospitalización.
  • Repatriación o transporte de los asegurados.
  • Repatriación o transporte de asegurado fallecido.

Asistencia médica y sanitaria en el extranjero

 

Pago o reembolso de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización hasta 3.600€

 

La compañía se hará cargo de los gastos de alojamiento hasta un máximo de 72 euros por Asegurado – Ocupante y por noche (alojamiento y desayuno) durante un máximo de 2 noches.

 

Garantía Personalizada Extra: Vehículo de Sustitución: Si la reparación del vehículo tras un accidente es superior a 3 h de mano de obra, tendrá derecho a un vehículo de sustitución de categoría D ó F (según disponibilidad) con un límite de 300 euros.



PLUS CON FRANQUICIA (Terceros Ampliado)

Las garantías de la póliza Stándard (terceros básico) más:

  • Incendio (sin franquicia)
  • Robo (sin franquicia)

Robo sin franquicia:

  • El pago de una indemnización por ROBO del VEHíCULO completo.
  • El pago de una indemnización por ROBO de piezas que constituyan partes fijas del VEHíCULO.
  • Los daños que se produzcan al VEHíCULO durante el tiempo que permanezca en posesión de los autores del ROBO, así como los ocasionados con motivo de cometer el ROBO o el intento de ROBO.

Límite de Cobertura: 100% del valor del vehículo asegurado en el momento anterior al siniestro.

 

Se establece un límite máximo de 1.000 euros por siniestro, con un límite máximo acumulado de 1.000 euros para cada anualidad de la Póliza, en caso de que el siniestro afecte exclusivamente a uno o varios de los elementos externos siguientes: antenas, tapacubos, retrovisores, limpiaparabrisas y distintivos de marca, modelo o versión.

Incendio sin Franquicia:

  • Garantía cubierta.

La Compañía cubre los daños materiales sufridos por el vehículo asegurado como consecuencia directa de:

  • Incendio, tanto de origen interno como externo.
  • Explosión, tanto de origen interno como externo.
  • Caída de rayo.
  • Cortocircuitos que provoquen la combustión sin llama del sistema eléctrico.
  • Los gastos incurridos por salvamento del vehículo como consecuencia de un siniestro.

Límite de Cobertura: 100% del valor del vehículo asegurado en el momento anterior al siniestro, con un límite máximo por siniestro de 1.000 Euros para la garantía de Gastos de Salvamento.



TOTAL (Todo Riesgo)

Las garantías de la póliza Plus (terceros ampliado) más:

  • Daños propios (franquicia)

Daños propios con Franquicia

La Compañía cubre los daños materiales sufridos por el vehículo asegurado que se produzcan como consecuencia directa de:

  • Colisión con otros vehículos.
  • Choque con personas, animales o cosas.
  • Impacto de piedras, granizo u otros objetos.
  • Vuelco o caída a zanjas o terraplenes.
  • Vandalismo de terceros.
  • Las actuaciones producidas en el curso de reuniones y manifestaciones legalmente autorizadas por la autoridad gubernativa, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, y disposiciones complementarias, así como durante el transcurso de huelgas legales.
  • Corrimientos de tierras y hundimientos de terrenos, carreteras, puentes o edificaciones, así como la caída de árboles, postes, líneas eléctricas y de servicios.
  • Caída a cursos de agua, lagos o mares.
  • Fenómenos de la naturaleza, excepto cuando los daños producidos sean calificados por el Gobierno de la Nación como «catástrofe o calamidad nacional»
  • Transporte del vehículo asegurado sobre otro medio, por vía terrestre, marítima o aérea.
  • Medidas de la Autoridad, entendiendo por tales las medidas adoptadas por la Autoridad competente o Servicios Públicos para prevenir la expansión de los daños.
  • Medidas de Salvamento, entendiendo como tales las medidas encaminadas a poner a salvo el vehículo asegurado hasta situarlo en lugar adecuado para la circulación o posterior remolque.
  • Efectos Secundarios, entendiendo por tales la acción de humos, vapores, carbonilla de cualquier otro efecto similar.

Límite de Cobertura: 100% del valor del vehículo asegurado en el momento anterior al siniestro, con deducción del importe de la franquicia correspondiente.

En Caso de Siniestro Total:

1. En siniestros cubiertos por las Garantías de Pérdida Total o incendio:

 

a. Durante los dos primeros años, contados desde la fecha de la primera matriculación, los daños materiales se valorarán sobre la base del valor de reposición del vehículo asegurado en el día del siniestro incluyendo elementos como: impuestos, transporte y matriculación, así como teniendo en cuenta las ofertas comerciales vigentes, así como los accesorios y equipos incorporados al vehículo que se encuentran asegurados en la póliza.

 

b. A partir del tercer año del vehículo asegurado, contado desde la fecha de su primera matriculación, los daños materiales se valorarán sobre la base del Valor Depreciado del vehículo asegurado en el momento anterior al siniestro.

 

2. En siniestros cubiertos por la garantía de apropiación ilegal y rotura de lunas, salvo que expresamente se pacte una indemnización distinta en las condiciones particulares, los daños materiales se valorarán sobre la base del valor depreciado del vehículo asegurado en el momento anterior al siniestro.



Condicionado General

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